El silencio administrativo es la situación que se produce cuando una Administración pública no da respuesta a las solicitudes de un ciudadano en los plazos que la ley establece. El periodo de respuesta actual por parte de la Administración, establecido en la ley 39/2015, de 1 de octubre, es de 3 meses, salvo que una ley o normativa europea establezcan un plazo distinto.
La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que la Administración debe dictar y notificar resolución en todos los procedimientos.
Inicialmente el silencio administrativo era negativo, es decir, la inacción de la administración se interpretaba como un rechazo a la petición del ciudadano. Actualmente la norma es de silencio administrativo positivo, en el que la inacción supone una aceptación de las pretensiones del particular.
No obstante, la Administración está obligada a responder siempre, incluso teniendo en cuenta que debe dar la razón al ciudadano si lo hace fuera de plazo. Existen varias excepciones en las que se aplica el silencio administrativo negativo y en las que, por tanto, no se aplica lo anterior:
Por otra parte, la Administración tiene el deber de informar sobre los plazos máximos para resolver y si el silencio es negativo o positivo. Debe informar además de estos mismos puntos al ciudadano que realizar una solicitud dentro de los 10 días siguientes a la solicitud.
Si tiene cualquier duda de carácter legal acerca del silencio administrativo estaremos encantados de ayudarle. Contacte con nosotros si necesita este servicio.