Un comisionista es aquella persona que trabaja a cambio de comisiones mercantiles, vendiendo a cuenta de otro y cobrando una comisión. El tipo de contrato que regula su trabajo es el de comisión mercantil, aquel establecido entre un comitente que contrata y un comisionista que realiza un trabajo puntual a cambio de una comisión pactada previamente. Este tipo de contrato está regulado por los artículos 244 a 280 del Código de Comercio y en los artículos 1709 a 1739 del Código Civil.
Características del contrato de comisión mercantil
El contrato de comisión mercantil es un contrato consensual, y por tanto no requiere estar escrito para ser válido. Debe estar ejecutado con buena fe e implica una serie de obligaciones y derechos para el comitente y el comisionista que vamos a ver a continuación:Para el comitente:
- Pagar la comisión.
- Pagar los gastos.
- El derecho a revocar la comisión en cualquier momento, debiendo cumplir con aquellas gestiones consensuadas antes de la revocación.
Para el comisionista:
- Responder por los daños y perjuicios ocasionados por no ejecutar el trabajo.
- No iniciar el encargo si no aprovisionan los fondos acordados.
- Las mercancías en poder del comisionista están especialmente afectas al pago de la comisión.
- Rendir cuentas económicas.
- Responder de la custodia de las mercancías que reciba.
- No proceder contra una disposición expresa del comitente.
- Prohibición de desviar fondos para fines distintos a los acordados.
- Comprar a precios más onerosos que los del mercado.
- Obligación de comunicar las noticias que afecten a la negociación.
- Prohibición de delegar salvo pacto en contrario.
- Prohibición de hacer de contrapartida en beneficio propio de lo que el comitente quiera comprar o vender.
- Prohibición de confusión de mercancías de distintos dueños.
- Prohibición de vender fiado o a plazos sin autorización del comitente.
- Derecho a garantizar el cobro, si tiene una comisión llamada de "garantía".
Diferencias entre el contrato de comisión y uno de agencia
Una figura similar al contrato de comisión es el contrato de agencia. La diferencia principal entre uno y otro radica en el establecimiento de un trabajo puntual en el contrato de comisión mientras en que el contrato de agencia el trabajo es continuado en el tiempo.Por ejemplo, se utiliza un contrato de agencia con un comercial que busca clientes a cambio de una comisión. El contrato de agencia obliga al agente a promover o contratar tantos negocios como sean posibles. Sin embargo, existen otras diferencias que cabe puntualizar:
- En un contrato de agencia, el agente comercial puede tener derecho a indemnización por la clientela aportada y otros daños y perjuicios, mientras el comisionista no puede recibir estas indemnizaciones.
- El agente contrata o promueve negocios entre el comitente y los clientes. El comisionista no tiene porqué representar directamente al comitente.
- Habitualmente el agente realiza varios tipos de actos u operaciones mientras el comisionista realiza encargos más específicos.
- El agente requiere de quién le contrata que pague su retribución y le facilite los medios para desempeñar su actividad. El comisionista por su parte, suele trabajar sobre un por ciento del importe de la operación, siempre que esta se produzca, aunque caben otras fórmulas.
- En el contrato de agencia se suele designar en exclusiva un agente a una zona o grupo de destinatarios. Se suele añadir un pacto de no competencia por parte del agente.
- El comisionista suele recibir una provisión de la retribución pactada y suele recibir el reembolso de los gastos justificados. El comitente asume además los efectos del contrato celebrado entre el comisionista y terceros.
- En el caso del comisionista, la muerte de este rescinde el contrato, pero no es así si se produce la muerte o inhabilitación del comitente. No obstante, pueden revocar el contrato los sucesores.
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8 Comments
Voy a recibir unas comisiones por una mediación que he hecho en una empresa, además también tengo intención de hacer otras operaciones que me aporten una comisión.
Quisiera saber qué requisitos son necesarios para poder facturar pues actualmente no estoy desarrollando ninguna actividad laboral .Tampoco cotizo ni recibo ingresos de ningún tipo . Para poder cobrar dichas comisiones me piden que emita factura con el IVA correspondiente y
no se cómo puedo hacerlo y si debo hacerme algún tipo de retención.
Benas tardes a 1º de año me han ofrecido ser comisionista de una tarjeta de socios, por cada socio me daran una comision mi pregunta es como lo tengo que hacer para que todo sea legal y como lo tendria que hacer para que todo estuviera bien reflejado,yo trabajo en una mutua con contrato indefinido podria hacer esto de comisionista sin que repercutiera en mi trabajo actual gracias
Buenas tardes, mi pregunta es…como comisionista realice la venta de un apartamento, mi comisión son 5 millones de pesos, el comprador giró el 80 % del valor, y el 20 % restante lo gira el día de la entrega de las escrituras, mi comisión la recibo por parte del vendedor en el momento en que recibe el 80 % , o hasta que salgan las escrituras.
Pregunta para las personas que son comisionistas, cuando ustedes solicitan el pago del servicio que ustedes estan prestando este siempre es a una tarjeta de debito o sea que sea personal, ejemplo yo solicite apoyo para un descuento de la cespt, ellos dejan en ceros la cuenta de la cespt pero me dicen que el pago de a la cantidad con descuento lo mande a una tarjeta que es particular, asi es la forma de trabajar de los comisionistas de sistemas? que alguien me saque de la duda antes de cometer un error
Muchas gracias por la ayuda de alta calidad y orientada a los resultados. No voy a pensar dos veces para endosar su publicación a cualquiera que quiera y necesita apoyo sobre esta área.
Si muere un comisionista y se extingue el contrato, que pasa con los pedidos que están en curso y/ o pendientes de cobro?.
Si el comisionista factura a través de una empresa, se cancelaría también el contrato?
una pregunta yo relice gestiones para la obtencion de licencias de funcionamiento de una cadena de tiendas de conveniencia y permisos para la venta de vinso y licores este tipio de contrato como se denominana
Estimado Francisco:
En relación a su cuestión sería necesario concertar una reunión con nuestros profesionales, a fin de darle una respuesta adecuada a su planteamiento, para lo cual le rogamos que se ponga en contacto nuestro despacho a fin de proceder a indicarles los honorarios correspondientes a la consulta, y agendar en su caso una cita, que podría ser por medios telemáticos. Tenga cuenta que trabajamos en España y este es el ámbito en el que podemos ofrecerle nuestros servicios.
Quedamos a la espera de sus noticias.
Un saludo.