En el BOE del día 28 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 20/2022, del 27 de diciembre, que contiene medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, con entrada en vigor el mismo día de su publicación.
A continuación, se recogen las principales medidas fiscales que se adoptan en el citado RDL 20/2022:
1. Medidas en materia de fiscalidad energética
Impuesto sobre el valor añadido
Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA en los suministros del gas natural, pellets, briquetas y leña en el 5% el tipo impositivo del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña.
Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA de la energía eléctrica del 5% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
- Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10kw, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/KWh.
- Titulares de contratos de suministro de electricidad perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables hasta el 30 de junio de 2023 del 4% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables referidas en el Acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 12 de noviembre de 2020, prevista en el artículo 7 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.
Se mantiene la reducción del tipo impositivo del IVA de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2 del 0% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2, así como a efectos del régimen especial del recargo de equivalencia, prevista en la disposición final séptima del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre.
Impuesto especial sobre la electricidad
Se mantiene la reducción del tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad para prorrogar hasta el 30 de diciembre de 2023 la aplicación del tipo impositivo del 0,5%.
Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica
Se mantiene la suspensión temporal del impuesto durante 2023.
2. Medidas fiscales de impulso de la actividad y mantenimiento de la estabilidad económica y social
Impuesto sobre el valor añadido
Reducción del tipo impositivo del IVA de los aceites de oliva y de semillas y de las pastas alimenticias al 5% hasta el 30 de junio de 2023 de los siguientes productos:
- Los aceites de oliva y de semillas.
- Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,625%.
A partir del 1 de mayo de 2023 el tipo impositivo aplicable será el 10% en el supuesto de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1,4%.
Supresión del IVA de determinados productos frescos hasta el 30 de junio de 2023 al 0% de los siguientes productos:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0%.
No obstante, el tipo impositivo aplicable será el 4% a partir del día 1 de mayo de 2023, en el supuesto de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,5%.
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Deducción por maternidad: derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir de 1 de enero de 2023, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente, evitando de esta forma que el cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de aquélla.
3. Medidas de apoyo para la reparación de los daños y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma
Impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre actividades económicas
Se prorrogan los beneficios fiscales establecidos en el IBI y en el IAE
Beneficios fiscales: IBI, IAE, IRPF...
Se aprueban beneficios fiscales como consecuencia de los incendios forestales acaecidos durante los meses de junio, julio y agosto de 2022.
4. Otras medidas
Ayudas a las familias: cheque de 200 euros para las familias con rentas de hasta 27.000 euros una ayuda de 200 euros para reducir las situaciones de vulnerabilidad económica que no estén cubiertas por otras prestaciones de carácter social.
Esta ayuda, de 200 euros de cuantía en pago único, se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, con el fin de paliar situaciones de vulnerabilidad económica, no cubiertas por otras prestaciones de carácter social, como es el caso de las pensiones o el ingreso mínimo vital. Para la percepción de esta ayuda, se establecen así mismo unos máximos de ingresos y patrimonios conjuntos en función de la convivencia en el domicilio, con el objetivo de que el colectivo de beneficiarios de la ayuda responda a los principios de necesidad y progresividad.
Medidas mercantiles/concursales
- Se introduce, nuevamente, una moratoria «contable» con el fin de evitar la liquidación de empresas que, en condiciones normales, pueden ser viables. Por ello, se prorroga la medida excepcional prevista en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre y, en consecuencia, a los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas, no se computarán las de los ejercicios 2020 y 2021 durante un período de 3 ejercicios contables; esto es, las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 no se computarán ni en los ejercicios contables de 2022 y 2023 ni hasta el momento del cierre del ejercicio 2024. En el caso de que teniendo solo en cuenta el resultado de los ejercicios 2022, 2023 o 2024, resultaren pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, sí se apreciará concurrencia de la causa legal de disolución por pérdidas, debiendo actuarse por los órganos de administración en los términos previstos en el artículo 363.1.e) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 2 de julio.
Medidas en materia de vivienda: limitación precio del alquiler y suspensión de los desahucios
- Se establece prolongar hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, regulada en el artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.
- Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como la posibilidad, hasta el 31 de julio de 2023, de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, medida ya recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
- Por último, se contempla una prórroga extraordinaria del plazo de los contratos de arrendamiento de seis meses desde la fecha de finalización, durante la cual se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor.
Aplazamiento pago cuotas Seguridad Social por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, el artículo 37 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y el artículo 28 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Medidas relativas al ingreso mínimo vital: incremento del 15 %
Medidas para los afectados por la erupción del volcán de La Palma
- Moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.
- Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo(ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.
- Se prorroga a su vez la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos hasta junio de 2023.
5. Otras medidas urgentes
Se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, para permitir la actividad de los profesionales jubilados y contribuir así a paliar la falta de facultativos de atención primaria, médicos de familia o pediatras en el Sistema Nacional de Salud.
Se prorroga el SMI de 2022 para 2023, mientras no se llegue a un acuerdo en relación a su subida.
El presente real decreto-ley adapta al nuevo periodo de apoyo público que se extiende hasta el 30 de junio de 2023las medidas en el ámbito laboral de apoyo a las personas trabajadoras del artículo 44 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, así como en el artículo 1.Diez del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, de forma que:
- Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos.
- Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
Para cualquier duda o aclaración que tenga sobre esta cuestión, no dude en ponerse en contacto con este despacho, estaremos encantados de ayudarle