Desde hace meses, el Gobierno quiere implantar una cotización basada en los ingresos reales de los trabajadores autónomos, a través de un modelo fijo y permanente en el tiempo, tratando en cualquier caso de no producir distorsiones significativas, ni para los autónomos ni para la gestión administrativa de la cotización.
Se busca implantar gradualmente un nuevo sistema de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) basado en los rendimientos por la actividad económica desempeñada.
El nuevo sistema no se aplicará hasta 2023, y se abrirá un periodo transitorio de nueve años (aún sin precisar los detalles) para valorar su eficacia y poder realizar las oportunas correcciones.
El Ejecutivo ha anunciado que en 2022 se establecerán las bases de este mecanismo y se encauzará la información que necesiten los autónomos sobre sus rendimientos netos para ir encuadrándolos en los tramos de cotización, de modo que el 1 de enero de 2023 comenzaría la aplicación del nuevo sistema.
Cómo funcionarán los trece tramos de cotización
El nuevo modelo se articulará en torno a trece tramos de cotización, a los que se vinculará una cuota de entre 90 y 1.120 euros, en función del nivel de ingresos del autónomo.
La propuesta del Gobierno se estructura de este modo:
Desde (€) |
Hasta (€) |
Cuota de autónomos 2023-2030 (€) |
Cuota de autónomos a partir de 2030 (€) |
0 |
3.000 |
200 |
90 |
3.000 |
6.000 |
215 |
120 |
6.000 |
9.000 |
230 |
185 |
9.000 |
12.600 |
245 |
235 |
12.600 |
17.000 |
260 |
275 |
17.000 |
22.000 |
275 |
305 |
22.000 |
27.000 |
290 |
425 |
27.000 |
32.000 |
305 |
525 |
32.000 |
37.000 |
320 |
670 |
37.000 |
42.000 |
340 |
800 |
42.000 |
47.000 |
360 |
935 |
47.841 |
48.841 |
380 |
1.075 |
48.841 |
En adelante |
400 |
1.200 |
Desde 2030, los trabajadores autónomos cuyos rendimientos netos superen 17.000 euros
abonarán una cuota superior a la establecida como mínima en la actualidad (289,98 euros).
En las propuestas barajadas en los últimos meses se llegó a hablar, incluso, la posibilidad de fijar
tipos negativos: es decir, si alguien ingresa menos de lo cotiza, tenga derecho de devolución. También se ha debatido con los agentes sociales y principales organizaciones sobre una base de cotización provisional basada en el rendimiento de actividades económicas, para realizar después una regularización tras la primera presentación de declaración de IRPF. Estos desajustes se corregirían a través de "ventanas trimestrales" para ajustar los rendimientos netos obtenidos durante el año. Finalmente, dadas estas dificultades, el modelo de trece tramos y el periodo transitorio de nueve años permitirán encontrar una solución que satisfaga a todos los involucrados.
Según el Gobierno, el mayor impacto de este nuevo sistema
afectará a los autónomos que perciban ingresos elevados, como los autónomos societarios o los miembros de Consejos de administración, lo que redundaría en las arcas del Estado.
También se ha filtrado que, según algunos cálculos,
las nuevas medidas supondrían un 20% más de ingresos procedentes de los autónomos, lo que conduciría a una mejora de las prestaciones por cese de actividad y de las pensiones de jubilación satisfechas por la Seguridad Social: los cambios en la cuota irían aparejados de una mejora de las coberturas sociales para el colectivo.
En cualquier caso, ATA reclamó en su día la necesidad de definir situaciones concretas en función de las características subjetivas del obligado (por ejemplo, un transportista cotizaría en base a un importe inflado por el coste, como puede ser el del carburante) o de periodos de referencia realistas.
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