¿Qué es la formación bonificada?
La formación ayuda a las empresas/centros educativos a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus trabajadores. Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Todas las empresas/centros educativos disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores, cuyo importe se obtiene al aplicar, a la cuantía ingresada por cada empresa en concepto de cuota de formación profesional (FP), un porcentaje que anualmente se establece desde la administración. La empresa/centro educativo puede decidir qué formación necesita, cómo y cuándo la realiza y organizarla bien por sí misma, bien agrupándose con otras empresas delegando todos los trámites en una entidad organizadora.
¿A quién va dirigida?
La formación bonificada está dirigida a trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas/centros educativos, independientemente de su tamaño o sector. De esta bonificación quedan excluidos los autónomos, pero no los trabajadores que tengan contratados.
Tampoco pueden acceder a la formación bonificada funcionarios y trabajadores en empresas o entidades públicas incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas.
Para beneficiarse de la formación bonificada la empresa/centro educativo ha de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Porcentajes de bonificación por nº de empleados
Su empresa dispone de un crédito anual para gastar en formación (una bonificación), que se calcula aplicando un porcentaje a la cuantía ingresada por formación profesional en el año anterior.
El actual subsistema de Formación Profesional Continua establece que todas las empresas disponen de un crédito anual para formación profesional continua, que resultará de aplicar a la cuantía ingresada el año anterior en concepto de cuotas por formación profesional, unos porcentajes de bonificación establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Los últimos porcentajes aprobados son:
Número de empleados | Porcentajes (%) |
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Plantillas de 6-9 trabajadores | 100% |
Plantillas de 10-49 trabajadores | 75% |
Plantillas de 50-249 trabajadores | 60% |
Plantillas de más de 250 trabajadores | 50% |
El crédito de formación para empresas de 1 a 5 trabajadores se establece en 420 euros por empresa.
Medidas aplicables en 2021 que facilitan la ejecución de los cursos bonificables
Reducción de plazos
Para poder aplicar los incentivos (el coste de los cursos se recupera en el futuro a través de los boletines de cotización), su empresa debe realizar algunas gestiones administrativas. Pues bien, dichas gestiones se han flexibilizado. En concreto:
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• Se ha reducido el plazo para comunicar el inicio de un curso a la Fundación Estatal de Formación para el Empleo (FUNDAE) por lo que se flexibiliza esta obligación (para poder bonificar los cursos es obligatorio realizar esta comunicación previa a la Administración). En concreto, se puede realizar la comunicación con dos días de antelación. Sepa que el plazo ordinario era de siete días, lo que hacía que algunos cursos no se pudieran comunicar a tiempo y que, en consecuencia, la empresa no pudiera aplicar la bonificación.
• La cancelación o la modificación de los datos de un curso (un cambio de horario, de fecha de ejecución o de localidad) se puede comunicar con un día de antelación al de la fecha prevista para su comienzo. El plazo ordinario era de cuatro días.
A la hora de aplicar las bonificaciones por formación, el coste por cada hora de curso bonificable no puede superar las siguientes cuantías, en función de la modalidad del curso:
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•Presencial: Si el curso es presencial, el coste máximo bonificable por cada hora de curso es de 13 euros.
• Teleformación: Si el curso se imparte en la modalidad de teleformación (si la parte presencial que la acción formativa precise es igual o inferior al 20% de su duración), el coste máximo bonificable es de 7,50 euros.
• Mixto: Si el curso es mixto (combina las modalidades presencial y de teleformación), se aplican los límites anteriores en función de las horas presenciales o de teleformación que tenga el curso.
Para los cursos que se realicen en 2021 y que estaba previsto que fueran presenciales, se permite que se impartan de forma telemática (mediante un aula virtual).
El objetivo es evitar el contacto social sin que la formación de los trabajadores se vea afectada.
Además, dicha parte de formación se considerará como presencial, por lo que cada hora de curso tendrá un límite bonificable de 13 euros, y no de 7,50. Esta medida le beneficia porque, aunque se cambie la modalidad de impartición, se mantiene el tope bonificable del curso presencial, que es más alto.
Para cualquier duda o aclaración acerca de cómo puede afectar esta cuestión a su empresa, no dude en ponerse en contacto con este despacho, estaremos encantados de ayudarle