El Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad que es inconstitucional, nulo y discriminatorio para la mujer que exista desigualdad entre los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo a la hora de fijar el periodo de cotización para el cálculo de la jubilación.
La sentencia considera que el cálculo constituye una discriminación indirecta por razón de sexo puesto que existe evidencia de que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial son mujeres.
Ponemos a su disposición la nota informativa emitida al respecto por el TC en la que puede encontrar más detalles:
LEER Y DESCARGAR NOTA INFORMATIVA
Si quiere conocer el contenido íntegro de la Sentencia, puede leerla y descargarla pulsando el siguiente enlace:
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