El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aprobado dos órdenes destinadas a actualizar la compensación de gastos por kilometraje para aquellos que utilicen vehículos en su trabajo. Estas medidas tienen como objetivo cubrir los costos asociados con el uso de un vehículo para el desempeño laboral, incluyendo el combustible, el desgaste y posibles averías, así como también los seguros e impuestos relacionados con el vehículo.
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Compensación para empleados públicos que utilizan su propio vehículo: Una de las órdenes publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece las indemnizaciones para los empleados públicos que necesitan utilizar su propio vehículo para trabajar. Estos empleados recibirán una compensación de 0,26 céntimos por cada kilómetro recorrido. Para obtener esta compensación, deberán presentar la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento. Una vez se haya comprobado la documentación, se realizará un ingreso en su cuenta corriente por el importe correspondiente.
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Exenciones fiscales para contribuyentes en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF): La otra orden establece las exenciones fiscales que podrán disfrutar los contribuyentes en el IRPF por los gastos de locomoción en su desempeño diario utilizando un vehículo. Los contribuyentes podrán excluir de su declaración del impuesto la cantidad resultante de multiplicar 0,26 euros por los kilómetros recorridos. Para poder aplicar esta exención, será necesario contar con un documento que justifique el desplazamiento y en el que se puedan incluir los gastos de peaje y aparcamiento.
Con estas medidas, se busca actualizar la compensación de gastos de kilometraje para los trabajadores que utilizan vehículos en su labor diaria, brindando una compensación más justa y ajustada a los costos reales del desplazamiento. Además, se pretende incentivar el uso responsable de los vehículos y facilitar la deducción de gastos en el caso de los contribuyentes en el IRPF que utilicen su vehículo para trabajar.
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