Ante la infinidad de problemas que se están produciendo con el pago de la prestación por desempleo, bien porque no se ha cobrado, porque se cobra tarde o porque los importes son erróneos, el trabajador debe presentar la oportuna reclamación previa (por vía telemática, en cualquier oficina de registro del SEPE y por correo administrativo) ante el SEPE en los siguientes plazos:
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· 30 días desde que le notificaron la resolución expresa sobre la prestación solicitada, o
· 3 meses desde que se presentó la solicitud de desempleo sin haber recibido notificación, entendiendo que se ha denegado por silencio negativo.
De no tener contestación de SEPE en 45 días, se puede interponer demanda en el juzgado en el plazo de 30 días.
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho para cualquier duda o aclaración que pueda tener al respecto sobre cuestiones laborales.