En un reciente caso legal que tuvo lugar entre el 26 de septiembre y el 2 de octubre de 2023 (RS 39/23), el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJ Cataluña) abordó una cuestión crucial relacionada con el derecho de los trabajadores a cobrar un bonus después de un despido disciplinario declarado procedente. El asunto giraba en torno a la posibilidad de que un trabajador despedido disciplinariamente antes de que concluyera el año de devengo de la retribución variable tuviera derecho a recibir la parte proporcional de este beneficio, incluso cuando el acuerdo colectivo condicionaba su percepción a estar empleado hasta el 31 de diciembre.
El dilema se centra en si el despido disciplinario de un trabajador, confirmado como procedente por un tribunal, impide que este pueda recibir la porción proporcional del bonus que se generó en el año en que se produjo el despido. El reglamento que rige la retribución por incentivos en esta empresa específica establece que no se devengará esta parte proporcional en casos de despido.
Siguiendo la doctrina jurisprudencial previa, en particular el caso TS 11-2-20, el TSJ Cataluña resolvió que el hecho de que el trabajador fuera despedido de la empresa antes de que concluyera el año de devengo de la retribución variable debido a un despido disciplinario procedente no impide su derecho a recibir la parte proporcional del bonus que haya acumulado hasta la fecha de su salida. Esto significa que la disposición del reglamento de la empresa que excluye la devolución de la parte proporcional en casos de despido carece de relevancia en este contexto.
Esta decisión legal marca un precedente importante al afirmar que, incluso en situaciones de despido disciplinario procedente, los trabajadores tienen derecho a recibir la parte proporcional de sus bonificaciones si se cumplen los requisitos previamente establecidos. Esto garantiza que los trabajadores no sean privados de una compensación que han ganado legítimamente debido a circunstancias ajenas a su voluntad, como un despido disciplinario justificado.
En conclusión, el TSJ Cataluña ha dictaminado que un trabajador despedido disciplinariamente antes de que finalice el año de devengo de la retribución variable tiene derecho a recibir la parte proporcional del bonus devengado, independientemente de que el despido sea declarado procedente y a pesar de las restricciones establecidas por el acuerdo colectivo o el reglamento de la empresa. Este fallo refuerza los derechos de los empleados en casos de despidos disciplinarios y subraya la importancia de respetar las disposiciones legales en materia laboral.
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