Si es usted trabajador por cuenta propia, puede modificar su base de cotización en el RETA de aquí al 31 de diciembre. El cambio se hará efectivo a partir del 1 de enero de 2020.
Puede escoger una base de cotización comprendida entre el mínimo de 944,40€ y el máximo de 4.070,10€ mensuales.
La solicitud de cambio de cotización se puede hacer una vez cada trimestre con cambio efectivo en el siguiente trimestre. De este modo, el cambio producido entre el 1 y el 31 de marzo tiene efecto a partir del 1 de abril, el cambio solicitado entre el 1 de abril y el 30 de junio tiene efecto el 1 de julio, y el cambio pedido entre el 1 de julio y el 31 de septiembre tiene efecto a 1 de octubre.
La finalidad de la posibilidad de cambiar la base de cotización cada trimestre es ajustarla al nivel de ingresos de cada momento.
Existen algunas excepciones a la norma anteriormente descrita:
Por otra parte, puede solicitarse el incremento automático de la base de cotización en el porcentaje en que aumente la base máxima.
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