El pasado 12 de marzo de 2020 se publicó un nuevo Real Decreto Ley 6/2020, que regula, entre otras cosas, la nueva prestación que percibirán los trabajadores afectados por el coronavirus. De esta nueva prestación hay que tener en cuenta varias cosas:
- Afecta a trabajadores por cuenta propia y ajena que estén contagiados por el Covid-19 o en situación de aislamiento preventivo siempre y cuando lo decrete un facultativo médico.
- No se exige carencia previa al considerarse contingencia profesional.
- El importe de la prestación asciende al 75% de la base reguladora del mes anterior a la baja
- Es una prestación a cargo de la Administración cuyo pago lo gestiona la Mutua de Accidentes.
- La Empresa asume la cotización durante la duración de esta contingencia como lo haría con cualquier otra baja por enfermedad o accidente.
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