Con la entrada en vigor del Real Decreto 1026/2024 el pasado 10 de octubre, le informamos sobre las nuevas obligaciones que deberán asumir las empresas para planificar medidas que aseguren la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. Esta normativa desarrolla las disposiciones establecidas en la "Ley trans" y aplica a organizaciones con más de 50 personas en plantilla.
¿A quiénes afecta esta normativa?
Esta normativa afecta a todas las empresas con más de 50 trabajadores, quienes deberán negociar e implementar medidas para fomentar la igualdad y prevenir cualquier tipo de acoso o violencia. Para el cálculo de esta cifra, se considera la plantilla total, sin importar el centro de trabajo ni la modalidad contractual, incluyendo contratos temporales, fijos discontinuos y a tiempo parcial.
¿Cómo se negociarán las medidas?
Las medidas a implementar serán negociadas colectivamente. Si la empresa tiene un convenio colectivo vigente, las negociaciones se llevarán a cabo dentro de su marco. En caso de no tener convenio, pero contar con representación sindical, las medidas se negociarán mediante acuerdos de empresa. En empresas sin representación sindical, será necesario constituir una comisión negociadora integrada tanto por la empresa como por los sindicatos más representativos del sector.
¿Cuál es el plazo para negociar?
Las empresas sujetas a esta norma tienen un plazo máximo de 3 meses, es decir, hasta el 10 de enero de 2025, para constituir la comisión negociadora.
Aquellas sin convenio colectivo tendrán hasta el 10 de abril de 2025 para iniciar el proceso.
¿Qué sucede si no se alcanza un acuerdo?
Si no se logra un acuerdo en el plazo de 3 meses desde el inicio de las negociaciones, la empresa deberá implementar las medidas mínimas establecidas en el Real Decreto 1026/2024 hasta que se lleguen a acuerdos en el marco de la negociación colectiva.
¿Qué deben incluir las medidas?
Entre las acciones a implementar se incluyen:
- Un protocolo para la prevención y actuación frente al acoso.
- Formaciones específicas para garantizar procesos de selección y promoción basados en la igualdad de trato.
- Fomento de un entorno laboral diverso e inclusivo, que respete la orientación sexual, identidad de género y características sexuales de todos los empleados.
- Acceso igualitario a permisos y beneficios sociales para todas las familias, incluyendo parejas de hecho y cónyuges LGTBI.
Si tiene dudas sobre este u otros temas, no dude en contactar con Medina Morales Abogados & Asesores Legales, estaremos encantados de ayudarle.


