Desde este año 2018 puede modificar su base de cotización como Autónomo en el momento que lo desee, hasta 4 veces al año, una por cada trimestre.
Una vez solicitado el cambio, se aplica con el cambio de trimestre. De esta manera, si usted solicita el cambio en este momento, se aplicará el 1 de enero de 2019.
Puede realizar la gestión de manera online en la Sede Electrónica de la Seguridad Social con Certificado Digital o mediante el Modelo TC.4005.
Esta medida recogida en la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, permite realizar este ajuste entre los límites establecidos por Ley de Presupuestos y la Orden de cotizaciones anuales, que en 2018 son de 919,80€ de base mínima y 3.751,20€ de base máxima.