Si es usted autónomo y quiere contratar de manera indefinida a jornada completa o parcial a un familiar o pariente cuenta con una bonificación del 100% sobre la cuota empresarial por contingencias comunes durante un año.
El trabajador deberá cumplir los requisitos de estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo y ser cónyuge, ascendiente o descendiente hasta segundo grado del autónomo que le contrata.
Por otra parte, la Ley permite la contratación en régimen general de los hijos del autónomo menores de 30 años que viven con él, aunque se excluye la cobertura por desempleo. La limitación por edad no se aplica en caso de que el contratado padezca una discapacidad igual o superior al 33%.
La Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en la que se establece este tipo de contratación, marca también estos 3 requisitos para el autónomo:
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